http://www.consejeriadetrabajo.de/novedades.htm
Expertos contestan sus preguntas

Jesús López Lerma, Asesor Laboral,
Jefe de la Sección de Trabajo e Inmigración
en el Consulado General de España en Hannover
Consulta desde Argentina sobre pensión alemana
03-05-10
Trabajé desde el 1963 hasta el 1975 en Alemania. Después emigré a Argentina y desde el 1998 estoy pagando voluntariamente al seguro de pensiones alemán desde Argentina por un importe de unos 310 euros mensuales. En España coticé 10 meses y actualmente tengo 64 años de edad.
Mis consultas son:
1. ¿Debo seguir pagando las cuotas al seguro voluntario de pensiones alemán hasta la fecha de jubilación?
2. ¿Es conveniente solicitar la pensión a través de España?
3. ¿Tengo que ponerme en contacto con alguna gestoría en Alemania o España para que haga los trámites?
4. ¿Existe pensión mínima en Alemania?
5. ¿Juega un papel importante para el importe de la pensión alemana la profesión ejercida en Alemania?
6. En caso de mi fallecimiento, ¿tendrán mi esposa y mi hijo mayor de edad y discapacitado derecho a pensión?
Respuestas:
1. Al haber cotizado al seguro obligatorio alemán desde el 1963 hasta 1975 no hubiese sido necesario cotizar al seguro voluntario de pensiones alemán, ya que para tener derecho a la pensión de jubilación ordinaria basta con haber cotizado 5 años. Por supuesto que al haber estado cotizando más años, la pensión será más elevada; pero no suele ser aconsejable pagar cuotas voluntarias al seguro de pensiones con el único propósito de mejorar el importe de la pensión. En su caso concreto, por ejemplo, usted paga en concepto de cuotas al año 3720 euros (310x12), que es el 19,90% de unas bases de cotización de 18.695 euros anuales. Por ese año le concederán una pensión de unos 16 euros al mes. Esto significa que por sus doce años de cotización voluntaria durante los que ha pagado unos 43.000 euros, recibirá una pensión mensual de unos 192 euros. Después de 18,5 años habrá amortizado los gastos. Con otras palabras: no suele ser buen negocio invertir en la seguridad social que está basada en un principio de solidaridad. Sólo es aconsejable pagar cuotas al Seguro de Pensiones, cuando esas cuotas son necesarias para completar el periodo mínimo de cotización exigido para no perder un derecho pues, si la misma cantidad empleada en el pago de las cuotas voluntarias se hubiese invertido de otra manera posiblemente le hubiese aportado mayores beneficios.
Por los 13 años que trabajó y cotizó en Alemania, entre el 63 y el 75, si sus ingresos correspondieron a la media de los asegurados, le concederán una pensión mensual de unos 353,60 euros, es decir, 27,20 euros por año trabajado. En total por los 25 años de cotizaciones obligatorias y voluntarias recibirá una pensión mensual de unos 545,60 euros.
2. La solicitud la puede solicitar directamente ante el Organismo de Pensiones alemán, por ejemplo, a través de la Consejería de Trabajo e Inmigración de la Embajada de España en Berlín o de una de sus secciones periféricas.
2 a. Dice que en España tiene unos 11 meses cotizados. Al no acreditar 12 meses, España no le concederá pensión. Usted, sin embargo, tiene la posibilidad, cuando deje cotizar en Alemania, de suscribir el Convenio Especial con la Tesorería General de la Seguridad Social en Madrid y cotizar el tiempo que le falte para completar los 12 meses. De esa manera recibirá de España una pequeña pensión.
3. Al poder hacer las gestiones a través de la Consejería de Trabajo e Inmigración o una de sus oficinas, no es necesario que contrate una gestoría ni en España ni en Alemania
4. En Alemania no existe pensión mínima
5. El importe de las pensiones en Alemania no depende de la categoría profesional, sino de las bases por las que se haya cotizado.
6. En Alemania existe la pensión de viudedad, que es el 60% de la pensión del asegurado fallecido. Pensión de orfandad por un hijo discapacitado sólo se paga hasta el cumplimiento de los 27 años.